ACUERDO PARA PROFESIONALES DE
LA SALUD
MEDICAPP
Versión 1.0
El presente Acuerdo para Profesionales de la Salud (en adelante, el “Acuerdo”) regula las
condiciones específicas aplicables a los profesionales que utilicen la plataforma Medicapp
para ofrecer consultas y servicios de salud a pacientes.
La aceptación de este Acuerdo constituye requisito indispensable para el registro y
permanencia como Profesional de la Salud dentro de la Plataforma.
Este Acuerdo complementa los Términos y Condiciones de Uso, la Política de Privacidad, el
Consentimiento Informado para Telemedicina y demás documentos aplicables.
CAPÍTULO I – OBJETO
1. Objeto
El presente Acuerdo tiene por objeto regular la utilización de Medicapp por parte de
Profesionales de la Salud que deseen ofrecer servicios profesionales a pacientes a través
de la Plataforma.
2. Naturaleza de la Relación
El Profesional reconoce y acepta que Medicapp constituye exclusivamente una plataforma
tecnológica de intermediación.
Medicapp no presta servicios médicos ni sanitarios y no participa en la relación asistencial
que se establece entre el Profesional y los pacientes.
3. Independencia Profesional
El Profesional desarrolla su actividad de forma autónoma, independiente y bajo su exclusiva
responsabilidad.
Ninguna disposición del presente Acuerdo podrá interpretarse como generadora de:
a) relación laboral;
b) sociedad;
c) mandato;
d) representación;
e) franquicia;
f) asociación profesional;
g) vínculo de dependencia de cualquier naturaleza.
CAPÍTULO II – REQUISITOS DE
REGISTRO
4. Condiciones de Elegibilidad
Para registrarse como Profesional será necesario:
a) poseer capacidad legal suficiente;
b) contar con matrícula profesional vigente;
c) encontrarse legalmente habilitado para ejercer en la República Argentina;
d) aportar la documentación requerida por Medicapp;
e) aceptar la totalidad de la documentación contractual aplicable.
5. Información Profesional
El Profesional declara que toda información suministrada durante el proceso de registro es
verdadera, exacta, actualizada y completa.
6. Verificación
Medicapp podrá verificar la información suministrada mediante consultas a registros
públicos, organismos oficiales o cualquier otra fuente legítima.
7. Actualización de Información
El Profesional deberá mantener permanentemente actualizada toda información relevante
vinculada con:
a) identidad;
b) domicilio;
c) correo electrónico;
d) matrícula;
e) especialidad;
f) situación profesional.
8. Pérdida de Habilitación
El Profesional deberá informar inmediatamente cualquier suspensión, limitación, sanción o
pérdida de vigencia de su matrícula o habilitación profesional.
CAPÍTULO III – OBLIGACIONES
PROFESIONALES
9. Cumplimiento Normativo
El Profesional se obliga a cumplir toda la normativa aplicable al ejercicio de su profesión.
10. Responsabilidad Profesional
El Profesional será exclusiva y personalmente responsable por:
a) diagnósticos;
b) tratamientos;
c) indicaciones médicas;
d) prescripciones;
e) derivaciones;
f) certificaciones;
g) decisiones clínicas;
h) seguimiento profesional.
11. Estándares Éticos
El Profesional deberá ejercer su actividad conforme a:
a) la legislación vigente;
b) los códigos de ética aplicables;
c) los estándares profesionales generalmente aceptados;
d) las normas deontológicas de su profesión.
12. Información al Paciente
El Profesional deberá proporcionar a los pacientes información clara, suficiente y adecuada
respecto de:
a) diagnósticos;
b) tratamientos;
c) riesgos conocidos;
d) alternativas disponibles;
e) limitaciones de la atención remota.
13. Conducta Profesional
El Profesional deberá mantener un trato respetuoso, profesional y adecuado hacia los
pacientes y demás usuarios de la Plataforma.
CAPÍTULO IV – TELEMEDICINA
14. Evaluación de Idoneidad
El Profesional será responsable de determinar si una consulta puede ser razonablemente
atendida mediante telemedicina.
15. Derivación a Atención Presencial
Cuando considere que la modalidad remota resulta insuficiente, el Profesional deberá
recomendar atención presencial u otras medidas que considere apropiadas.
16. Emergencias
El Profesional reconoce que Medicapp no constituye un servicio de emergencias médicas.
Ante situaciones que requieran atención inmediata, deberá orientar al paciente para que
contacte los servicios de emergencia correspondientes.
17. Limitaciones Tecnológicas
El Profesional reconoce que la atención remota puede verse afectada por limitaciones
tecnológicas ajenas al control de Medicapp.
CAPÍTULO V – HISTORIA CLÍNICA Y
CONFIDENCIALIDAD
18. Registros Clínicos
El Profesional será responsable de incorporar a la Historia Clínica Electrónica información
exacta, clara y suficiente respecto de las consultas realizadas.
19. Confidencialidad
Toda información clínica o personal obtenida mediante la Plataforma tendrá carácter
confidencial.
20. Uso Autorizado
El Profesional únicamente podrá acceder a información de pacientes respecto de los cuales
haya recibido solicitudes de consulta mediante la Plataforma.
21. Prohibición de Uso Indebido
Queda expresamente prohibido:
a) utilizar información de pacientes para fines ajenos a la atención profesional;
b) divulgar información confidencial;
c) comercializar bases de datos;
d) extraer información masivamente.
22. Accesos No Autorizados
El Profesional deberá informar inmediatamente cualquier incidente de seguridad o acceso
indebido del que tome conocimiento.
CAPÍTULO VI – HONORARIOS,
COMISIONES Y FACTURACIÓN
23. Determinación de Honorarios
El Profesional podrá fijar libremente el valor de sus consultas dentro de los límites mínimos
y máximos establecidos por Medicapp.
24. Comisión de Medicapp
Por la utilización de la Plataforma, el Profesional abonará a Medicapp la comisión vigente
para cada operación.
25. Modificación de Comisiones
Medicapp podrá modificar el esquema de comisiones mediante notificación previa.
26. Obligaciones Fiscales
El Profesional será exclusivamente responsable de:
a) emitir comprobantes fiscales cuando corresponda;
b) declarar ingresos;
c) cumplir obligaciones tributarias;
d) cumplir obligaciones previsionales.
27. Relación Económica con los Pacientes
Los honorarios profesionales corresponden exclusivamente al Profesional.
Medicapp no garantiza niveles mínimos de ingresos, cantidad de consultas ni resultados
económicos específicos.
27 bis. Compensación
El Profesional autoriza expresamente a Medicapp a compensar cualquier importe que
resulte adeudado a favor de Pacientes o de Medicapp contra sumas presentes o
futuras que deban liquidarse al Profesional como consecuencia de consultas
realizadas a través de la Plataforma.
La compensación podrá aplicarse cuando:
a) se apruebe un reembolso conforme a la Política de Reclamos, Cancelaciones y
Reembolsos;
b) exista un cobro indebido;
c) se detecte una ausencia injustificada del Profesional;
d) se verifique un incumplimiento contractual que genere perjuicios económicos para
terceros;
e) existan importes que deban ser restituidos conforme a la normativa aplicable.
Medicapp informará al Profesional las compensaciones efectuadas indicando su
fundamento.
El Profesional reconoce y acepta que las compensaciones previstas en el presente
Acuerdo constituyen una condición esencial para la utilización de la Plataforma y
autoriza expresamente a Medicapp a aplicarlas respecto de créditos presentes o
futuros generados mediante su actividad en Medicapp.
27 ter. Reintegros y Recupero
Cuando Medicapp determine la procedencia de un reembolso a favor de un Paciente, el
Profesional se obliga a colaborar razonablemente en la restitución de los importes
correspondientes.
Si Medicapp hubiera efectuado el reembolso utilizando fondos propios o hubiera asumido el
costo económico de la devolución, podrá recuperar dichos importes mediante:
a) compensación con futuras liquidaciones;
b) retención de fondos pendientes de liquidación;
c) débitos sobre importes futuros generados por la actividad del Profesional en la
Plataforma;
d) cualquier otro mecanismo legalmente permitido.
Cuando no existan fondos futuros suficientes para efectuar la compensación o retención, el
Profesional deberá reintegrar los importes adeudados dentro de los diez (10) días corridos
siguientes a la notificación efectuada por Medicapp.
El incumplimiento de dicha obligación podrá dar lugar a la suspensión o cancelación de la
cuenta del Profesional, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
27 quater. Retención de Liquidaciones
Medicapp podrá retener temporalmente la liquidación de comisiones, honorarios o
importes vinculados a consultas cuando exista una investigación razonable sobre:
a) reclamos de usuarios;
b) fraude;
c) incumplimientos contractuales;
d) errores de procesamiento;
e) controversias relacionadas con pagos.
La retención tendrá carácter preventivo y se mantendrá únicamente durante el tiempo
razonablemente necesario para la investigación correspondiente.
27 quinquies. Supervivencia de Obligaciones
Económicas
La terminación, suspensión o cancelación de la cuenta del Profesional no extinguirá
las obligaciones económicas pendientes derivadas de reembolsos, compensaciones,
cargos, comisiones, sanciones económicas o cualquier otro importe adeudado a
Medicapp o a terceros conforme a los documentos contractuales aplicables.
Dichas obligaciones permanecerán vigentes hasta su íntegro cumplimiento.
CAPÍTULO VII – CALIFICACIONES Y
REPUTACIÓN
28. Sistema de Calificaciones
Los pacientes podrán calificar las consultas realizadas.
29. Visibilidad de Calificaciones
Las calificaciones podrán ser mostradas dentro de la Plataforma y utilizadas para generar
indicadores de reputación.
30. Moderación
Medicapp podrá revisar y moderar comentarios cuando existan indicios razonables de
incumplimiento de las políticas aplicables.
31. Ordenamiento de Perfiles
Medicapp podrá determinar libremente los criterios utilizados para ordenar, destacar o
presentar perfiles profesionales.
El Profesional no adquiere derecho alguno respecto de su posición dentro de la Plataforma.
CAPÍTULO VIII – SUSPENSIONES Y
BAJAS
32. Suspensión Preventiva
Medicapp podrá suspender preventivamente el acceso del Profesional cuando existan
motivos razonables para investigar posibles incumplimientos.
33. Causales de Suspensión o Baja
Podrán constituir causales de suspensión o exclusión:
a) documentación falsa;
b) pérdida de matrícula;
c) conducta inapropiada;
d) incumplimientos reiterados;
e) reclamos graves;
f) incumplimientos regulatorios;
g) utilización indebida de información de pacientes.
34. Efectos de la Baja
La baja de la cuenta impedirá la utilización futura de la Plataforma sin autorización expresa
de Medicapp.
CAPÍTULO IX – RESPONSABILIDAD E
INDEMNIDAD
35. Responsabilidad Profesional Exclusiva
El Profesional reconoce que es el único responsable por la prestación de servicios de salud
brindados a través de la Plataforma.
36. Ausencia de Control Clínico
Medicapp no supervisa, dirige ni controla la práctica profesional desarrollada por el
Profesional.
37. Indemnidad
El Profesional se obliga a mantener indemne a Medicapp frente a cualquier reclamo,
demanda, procedimiento administrativo, sanción, multa, daño o perjuicio derivado de:
a) la atención brindada al paciente;
b) incumplimientos normativos;
c) errores profesionales;
d) omisiones profesionales;
e) infracciones éticas;
f) violaciones de confidencialidad.
38. Cooperación
Ante reclamos vinculados con la atención prestada, el Profesional deberá colaborar
razonablemente con Medicapp proporcionando la información y documentación necesaria
para la gestión del caso.
CAPÍTULO X – DISPOSICIONES FINALES
39. Integración Contractual
El presente Acuerdo integra y complementa los Términos y Condiciones de Uso de
Medicapp.
40. Modificaciones
Medicapp podrá modificar el presente Acuerdo conforme al procedimiento previsto en los
Términos y Condiciones.
41. Ley Aplicable
El presente Acuerdo se regirá por las leyes de la República Argentina.
42. Jurisdicción
Toda controversia derivada del presente Acuerdo será sometida a la jurisdicción competente
de la República Argentina conforme a la normativa aplicable.